RISE
Régimen
Impositivo SimplificadoEl RISE es un nuevo régimen de incorporación voluntaria, reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.
Información de interés
¿Cuándo y dónde se puede
incorporar al RISE?
Se pueden incorporar al Régimen
Simplificado a partir del 1 de agosto de 2008. Para inscribirse pueden hacerlo
en cualquier oficina del SRI a nivel nacional o a través de brigadas móviles,
adicionalmente se dispone del servicio de preinscripción vía Internet, luego
deberá acercarse a una ventanilla exclusiva para culminar el proceso de
inscripción al RISE, de esta manera disminuirá el tiempo de espera.
Recuerde: las cuotas RISE empiezan a
ser pagadas desde el mes siguiente al de la inscripción.
Conozca el procedimiento para el
manejo adecuado de la opción preinscripción.
¿Cuáles son las condiciones y
requisitos que debe cumplir una persona que quiera acogerse al RISE?
Condiciones:
- Ser persona natural
- No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año, o
si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este
concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta
gravada con tarifa cero por ciento (0%) para cada año, para el año 2011
equivale a 9210 USD
- No dedicarse a alguna de las actividades
restringidas
- No haber sido agente de retención durante los
últimos 3 años.
Requisitos:
¿Qué beneficios ofrece el RISE?
- No necesita hacer declaraciones, por lo tanto se
evita los costos por compra de formularios y por la contratación de
terceras personas, como tramitadores, para el llenado de los mismos
- Se evita que le hagan retenciones de impuestos
- Entregar comprobantes de venta simplificados en los
cuales solo se llenará fecha y monto de venta
- No tendrá obligación de llevar contabilidad
- Por cada nuevo trabajador que incorpore a su nómina
y que sea afiliado en el IESS, ud. podrá solicitar
un descuento del 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del
50% de descuento.
¿Qué tipo de actividades no
pueden inscribirse en el RISE?
Existen ciertas actividades económicas
que NO pueden incorporarse al Régimen Simplificado, en el documento adjunto
puede encontrar el detalle.
¿Si me inscribo
en el RISE que tipo de comprobante de venta debo entregar?
Un contribuyente RISE entregará
comprobantes de venta simplificados, es decir notas de venta o tiquete de
máquina registradora autorizada por el SRI, para los requisitos de llenado solo
deberá registrarse la fecha de la transacción y el monto total de la venta (no
se desglosará el 12% del IVA).
Los documentos emitidos sustentarán
costos y gastos siempre que identifiquen al consumidor y se detalle el bien y/o
servicio transferido. Un contribuyente inscrito en el RISE tiene la obligación
de emitir y entregar comprobantes de venta por transacciones superiores a US$
12,00, sin embargo a petición del comprador, estará en la obligación de
entregar el comprobante por cualquier valor.
Al final de las operaciones de cada
día, se deberá emitir una nota de venta resumen por las transacciones
realizadas por montos inferiores o iguales a US$ 12,00 por lo que no se emitió
un comprobante.
Formato o modelo de Nota de
Venta
Las notas de venta no tienen un
formato establecido, este depende de las necesidades del contribuyente, sin
embargo estos documentos deberán contener como mínimo los requisitos de
impresión y de llenado que se detallan a continuación.
Convenio de
débito automático
A través del convenio de débito
automático, Usted autoriza para que se le debite mensualmente el valor de su
cuota en la fecha de vencimiento de acuerdo a su noveno dígito del RUC, sin
necesidad de que se acerque a las Instituciones del Sistema Financiero a
realizar el pago. Para esto, deberá firmar (por una sola vez) previamente un
Convenio de Débito Automático, el mismo que debe ser entregado en las oficinas
del SRI a nivel nacional.
¿Cuáles son las obligaciones de
un contribuyente inscrito en el RISE?
- Pagar su cuota puntualmente o pre pagar el año.
- Emitir los comprobantes de venta autorizados.
¿Cuáles son las sanciones por no
pago de cuotas?
- No paga 3 cuotas es clausurado
- No paga 6 cuotas es excluido, debe ponerse al día y
no puede re ingresar al régimen simplificado hasta después de un 24 meses.
- Además al no pagar se expone a perder todos los
beneficios que tiene un contribuyente RISE es decir:
- Deberá presentar formularios
de declaración de IVA y Renta
- No estará exento de retenciones en la fuente de impuestos
- Deberá llevar contabilidad en caso necesario
- Deberán emitir facturas con datos informativos sobres clientes completos además de notas de venta.
- No estará exento de retenciones en la fuente de impuestos
- Deberá llevar contabilidad en caso necesario
- Deberán emitir facturas con datos informativos sobres clientes completos además de notas de venta.
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